Visado B-1 de Negocios

Para viajes de negocios o actividades profesionales de corta duración por cuenta de empresa extranjera..

Introducción

Toda persona que viaja a los Estados Unidos por negocios y cuya nacionalidad no sea la de un país incluido en el Programa de Exención de Visados (“Visa Waiver Program”) VWP– o se le ha denegado la Autorización Viaje del ESTA, o le ha sido denegada con anterioridad la entrada en los Estados Unidos, o ha sido detenido o condenado por algún delito o está incluido en alguna de las categorías definidas por la ley como no admisible en los Estados Unidos, debe de solicitar un Visado de Negocios B-1.

El Visado B-1 de Negocios ofrece la posibilidad legal de desarrollar oportunidades comerciales en EE.UU., permitiendo asistir a reuniones, conferencias y negociar contratos.

En la actualidad treinta y ocho países participan en VWP y son los siguientes: Alemania, Andorra, Australia, Austria, Bélgica, Brunei, Republica Checa, Chile, Corea del Sur, Dinamarca, España, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Irlanda, Italia, Japón, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, Países Bajos, Portugal, Reino Unido, San Marino, Singapur, Suecia, Suiza y Taiwan.

Canadá, México y Bermudas no participan en el VWP y a sus ciudadanos le son aplicables unas disposiciones legales específicas.

Ahora bien, conviene señalar que el Visado de Negocios (B-1) es el más recomendado para toda aquella persona -incluso para un ciudadano de un país incluido en el VWP– que quiere visitar los Estados Unidos por más 90 días y tener la posibilidad de prolongar su estadía hasta un máximo de otros 180 días y poder así, durante ese tiempo adicional, iniciar o desarrollar un negocio sin tener la obligación de tener que abandonar los Estados Unidos después de sus 90 días de estadía que le son concedidos en base a su entrada en los Estados Unidos con un ESTA.

Sociedades de Responsabilidad Limitada EEUU Juris Magister Abogados en Visados y Sociedades Empresas de Inversion en EEUU

El Visado B-1 de Negocios permite realizar actividades comerciales de corto plazo pero con entradas múltiples y flexibilidad de estadía de hasta 6 meses por visita.

Requisitos Visado B-1 de Negocios

Adicionalmente a las personas incluidas en la introducción anterior y que por motivos de necesidad o legales requieran solicitar un Visado de Negocios B-1, el Departamento de Estado de los Estados Unidos, recomienda que este tipo de Visado debe ser solicitado por las siguientes personas que tengan intención de visitar los Estados Unidos con motivo de realización de las siguientes actividades:

a) Comerciales: Las personas que visitan los Estados Unidos por motivos comerciales, negociaciones, para participar en exposiciones, reuniones, firmar contratos, realizar pedidos de mercancías, etc., necesitarán un Visado de Negocios (B-1). El poseedor de un Visado de Negocios (B-1) no puede vender, ni realizar actividades comerciales que generen beneficios dentro de los Estados Unidos, ni tampoco puede realizar actividades de negocio que le sean retribuidas económicamente dentro de los Estados Unidos.

b) Trabajo Voluntario: Los participantes en programas de servicio voluntario en organizaciones sin ánimo de lucro, organizaciones de ámbito social o religioso que estén oficialmente reconocidas como tales, pueden solicitar un Visado de Negocios (B-1) siempre que la actividad que se vaya a realizar en los Estados Unidos sea de índole social y benéfica, y que no se perciba remuneración o salario alguno, excepto alguna cantidad que se pueda considerar recibida en concepto de gastos de estancia, y que la actividad no incluya la venta de artículos, ni que se soliciten donativos.

c) Técnicos o Ingenieros de Servicio y Programador de Sistemas Informáticos: El personal técnico o ingenieros que se desplacen a los Estados Unidos con el fin de instalar, prestar servicio o reparar equipos industriales o maquinaria vendida a un comprador en los Estados Unidos, siempre que el contrato de venta contemple la prestación de dichos servicios, pueden solicitar un Visado de Negocios (B-1). El técnico o ingeniero debe poseer conocimientos especializados esenciales para la prestación de esos servicios, no puede recibir remuneración de una fuente estadounidense, y la compañía no puede recibir ningún pago adicional por estos servicios, aparte del contemplado en el contrato de venta original.

El Visado de Negocios (B-1) es igualmente el apropiado para el personal técnico o ingenieros que se desplazan a los Estados Unidos con motivos de entrenar a personal estadounidense en la instalación, mantenimiento, o reparación de equipos o maquinarias comerciales o industriales. El salario pagado a estos profesionales deberá ser devengado por la compañía en el país de origen y el contrato de venta debe contemplar específicamente que el vendedor proveerá de estos servicios al comprador estadounidense.

  • Las personas que se desplacen a los Estados Unidos temporalmente como programadores o analistas de sistemas informáticos pueden obtener un Visado de Negocios (B-1) siempre que se contemplen las siguientes condiciones:
  • Que el interesado trabaje para una compañía extranjera establecida fuera de los Estados Unidos.
  • Que no reciba remuneración alguna de compañías en los Estados Unidos aparte de cualquier cantidad que pueda ser considerada gastos de estancia.
  • Que realice funciones que requieran conocimientos de alto nivel académico y que el interesado sea licenciado en esa especialidad.

d) Ponentes, Participantes en Conferencias e Investigadores: Los Ponentes y Participantes en Conferencias pueden visitar los Estados Unidos con un Visado de Negocios (B-1) siempre que no exista remuneración de una fuente estadounidense, aparte de los gastos que comporta su visita. La ley prevé la posibilidad de recibir alguna cantidad en concepto de honorarios, además de los gastos de viaje, siempre que concurran algunos de los siguientes supuestos:

  • Que las actividades no duren más de nueve días en una misma institución.
  • Que la institución sea una organización no lucrativa o una organización de investigación del gobierno, o una institución de estudios avanzados, o una entidad afiliada no lucrativa.
  • Que las actividades se realizan en beneficio de la institución o entidad.
  • Que el conferenciante no haya aceptado pagos ni dietas de cinco instituciones de ese tipo durante los seis meses anteriores.

Para realizar trabajos de investigación independiente se puede solicitar también un de un Visado de Negocios (B-1) siempre que no se perciba remuneración alguna de parte de la institución en los Estados Unidos.

¿Quieres saber si el Visado B-1 es el más apropiado para establecerte o expandirte en EE.UU.? Contáctanos y analizaremos tu caso.

Contactar

Familiares acompañantes

Los familiares acompañantes de un solicitante principal de Visado de Negocios (B-1) -cónyuge y descendientes menores de 21 años- podrán solicitar cada uno de ellos un Visado de Negocios (B-1) que se les concederá, previa justificación documental de los vínculos familiares, por el mismo periodo de validez que el Visado de Negocios (B-1) del solicitante principal.

El Visado de Negocios (B-1) no otorga derecho ni a trabajar ni a estudiar en los Estados Unidos, ni al solicitante principal ni a los familiares acompañantes.

FAQ (Frequently Asked Questions) 
Visados B1 de Negocios para EEUU

Con un Visado B-1 se puede asistir a reuniones, conferencias, negociar contratos o realizar actividades comerciales específicas sin trabajar directamente en EE.UU.

No se puede recibir un salario o cualquier tipo de contraprestación en EE.UU. con un Visado B-1.

Si se puede realizar un cambio de estatus estando en EE.UU.

** Advertencia Legal **

La información proporcionada anteriormente es de carácter general y tiene fines exclusivamente informativos. No constituye asesoramiento legal ni
sustituye la consulta con un abogado especializado. Cada caso es único y requiere un análisis personalizado para adaptarse a las circunstancias
específicas del solicitante.

Al seleccionar un Abogado, no se deje guiar únicamente por referencias publicitarias. Asegúrese de verificar la preparación académica, la
experiencia profesional y la trayectoria del profesional para garantizar una representación adecuada y confiable.